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El “impuesto de sucesiones” es un tributo que grava la transmisión de bienes y derechos debido al fallecimiento de una persona, es decir, es un impuesto que debe abonarse cuando se recibe una herencia o legado.

Este impuesto se regula de forma autonómica. En Cataluña el marco legislativo en se encuentra regulado en la Ley 19/2010, con las modificaciones implementadas por la Ley 2/2014 en la que se reformaron varios preceptos de la ley anterior.

¿Quién debe abonar el impuesto de sucesiones en Cataluña?

El pasado 21 de marzo, Mark Zuckerberg –fundador y CEO de Facebook– reconoció la fuga de datos de 50 millones de usuarios de la red social, que fueron utilizados por Cambridge Analytica con fines publicitarios y comerciales.

¿Cómo se produjo esta fuga de datos de Facebook?

Hasta el año 2014, Facebook permitía que aplicaciones con fines de investigación accediesen a los datos de sus usuarios que hubiesen consentido el acceso a la misma y, también, los de sus amigos, sin necesidad del consentimiento de estos.

La Tributación de las cantidades devueltas por aplicación de las cláusulas suelo en la declaración de la renta

El 4 de abril de 2018 comenzó oficialmente la campaña de la renta 2017, cuya fecha límite para la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) está prevista para el próximo 2 de julio de 2018.   

Tradicionalmente y desde siempre, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) en España ha sido, es y será un tributo propenso a generar numerosas situaciones de discriminación. A ello contribuye en buena medida la incompleta y deficiente regulación (modificada ante los continuos reveses judiciales a nivel nacional y comunitario) así como, sobre todo, a su carácter de tributo cedido a las Comunidades Autónomas.

¿Qué es el impuesto de sucesiones?

El “impuesto de sucesioneses un tributo que grava la transmisión de bienes y derechos por causa del fallecimiento de una persona.

Los impuestos de sucesiones pertenecen a un grupo que fueron cedidos por el Estado a las Comunidades Autónomas. En Madrid este impuesto se recogió en el Decreto Legislativo 1/2.010 de 21 de octubre.

¿Quién debe abonarlo?

En artículos anteriores introducíamos en la medida de lo posible al lector a la figura del procurador, su naturaleza y funciones. En este post intentaremos profundizar principalmente en cuándo es necesaria la intervención de este profesional del Derecho y su aplicación práctica en un tipo de pleitos y litigios que están a la orden del día: las reclamaciones judiciales contra las entidades bancarias.

¿Cuándo necesito de la intervención de un procurador?

A mediados del mes de febrero de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a cuatro entidades bancarias por pactar precios en el mercado de derivados, lo que puede dar lugar, a una nueva avalancha de reclamaciones judiciales.

Contextualización

Para comprender lo sucedido, debemos trasladarnos al año 2006, cuando las energías renovables comenzaron a coger fuerza. La nueva regulación de esta materia prometía determinados ingresos, a quien realizase inversiones en energías renovables.

Hace apenas tres semanas que la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en cumplimiento de lo previsto en su agenda de señalamientos, deliberó y resolvió los recursos de casación 1211/2017 y 1518/2017, procedentes de la Audiencia Provincial de Oviedo, relacionados con reclamaciones de consumidores contra cláusulas que les atribuían el pago de todos los gastos e impuestos de formalización de préstamos hipotecarios.

Los recientes -y contradictorios- pronunciamientos de diversos juzgados y Tribunales Superiores de Justicia de distintas Comunidades Autónomas han avivado el ya de por sí complejo debate sobre el cauce que deberán seguir los procedimientos que pretendan reclamar la devolución del importe que el contribuyente haya pagado en concepto de Plusvalía Municipal. Por ello, desde RÚA Abogados queremos explicar los elementos fundamentales de este asunto y las diversas corrientes de opinión que se han creado al respecto.

Las llamadas “Hipotecas Multidivisa” son préstamos hipotecarios formalizados en una divisa distinta al euro (normalmente, yen o franco suizo) a los que se le incorpora una cláusula adicional en virtud de la cual el prestatario podrá modificar -cumpliendo determinadas condiciones- la divisa en la que se ha referenciado el préstamo, de tal forma que lo que era un préstamo en una determinada divisa extranjera pueda convertirse en un préstamo en euros o en un préstamo en cualquier otra divisa, siempre por el capital pendiente de pago existente al t