La Audiencia Provincial de Madrid declara la nulidad de la suscripción de dos Bonos Estructurados de Barclays Bank | Rúa Abogados
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La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado la suscripción de dos bonos estructurados comercializados por Barclays Bank. La entidad los colocó incumpliendo los deberes información legalmente exigidos. Con esta sentencia se reafirma la complejidad de productos estructurados, anulando su comercialización, por lo que, los clientes recuperarán todo su dinero.

En el año 2007, Barclays Bank, comercializó los productos estructurados “Autocancelable Ferrovial/Telefónica” y “Autocancelable BBVA/Telefónica”, promoviéndolos como “bonos garantizados”. La entidad recomendó estos productos como si se tratasen de una inversión con el principal garantizado, cuando en realidad resultaron ser productos estructurados complejos y de alto riesgo, sin garantía alguna de recuperar el capital invertido.

La CNMV y el Banco de España califican los productos como complejos y de alto riesgo.

Previamente a la sentencia, tanto la CNMV como el Banco de España habían declarado que los estos bonos eran productos financieros complejos y de elevado riesgo, puntualizando en que su naturaleza era la de depósitos con una compleja configuración y que se requiere una formación financiera claramente elevada y concreta para su comprensión.

Ante la calificación como complejos de estos productos y al haberse asesorado al cliente –recomendándole el producto–, la entidad tenía que haber proporcionado información completa, clara, veraz y comprensible para que el cliente conociera la naturaleza, el funcionamiento y los riesgos de los productos.

Cliente minorista y deber de información.

Durante el proceso, la entidad alegó que el cliente contaba con conocimientos financieros suficientes ya que se trataba de una persona que había participado en operaciones de inversión –suscribiendo e invirtiendo en otros productos con cierto riesgo– y que era un profesional del sector de la auditoria y que poseía conocimientos más que suficientes para conocer la realidad de los productos contratados.

No obstante, la Ilma. Audiencia Provincial considera que “tales circunstancias no consiguen alterar el perfil de cliente minorista, no profesional”, dado que no encaja en la clasificación que realiza la LMV y, por ello, tratándose de un servicio de asesoramiento en materia de inversiones, la conducta de la entidad financiera ha sido incorrecta al proporcionar información incompleta y/o defectuosa sobre el producto.

La Audiencia declara que estos productos financieros estructurados, que se colocaron por Barclays –actualmente en la cartera de Caixabank–, son productos complejos y de alto riesgo, por lo que debe proporcionar información precisa, clara y veraz sobre la naturaleza, el funcionamiento y los riesgos del producto, declarando nula la suscripción de los productos cuya comercialización no respetó los estándares legalmente exigidos.

En Rúa Abogados, sabemos que la mala comercialización y la falta de información a la hora de contratar productos estructurados son claves para poder anular la suscripción y así recuperar todo su dinero. Llámenos al teléfono gratuito 900 20 20 43, le asesoraremos sin compromiso.

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