Desde que el pasado mes de noviembre la Sala Primera del Tribunal Supremo publicase el texto de su sentencia Nº 608/2017, distintos Juzgados de Primera Instancia de todo el país han ido asumiendo y aplicando los criterios expresados por el Alto Tribunal en relación a la nulidad por abusividad del clausulado multidivisa incorporado en préstamos hipotecarios suscritos con consumidores.